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El Síndic de Greuges ha publicado recientemente un informe sobre el Derecho a Suministros Básicos (electrictat, agua y gas)

Puede acceder al informe completo en el siguiente enlace:

Informe del Síndic sobre el Derecho a los Suministros Básicos

El informe incluye 64 conclusiones, recomendaciones y sugerencias sobre la problemática de la pobreza energética, recogemos algunas. Muchas son repetidas por los casos de gas y electricidad y, en muchos casos, la recomendación sirve para diagnosticar la situación actual, al hacer el negativo:

Suministros básicos a las personas

Hay que superar la consideración de la persona como simple cliente de una empresa suministradora para avanzar hacia la consideración de la persona como titular de un derecho subjetivo a los suministros básicos a un precio asequible y dentro de unos parámetros de consumo básicos, esenciales o no suntuarios.

Administraciones públicas y empresas suministradoras deben tener presente que el Código de consumo de Cataluña atribuye una protección especial a determinados colectivos en sus relaciones de consumo, como los niños y los adolescentes, las personas mayores, las personas enfermas, las personas con discapacidades y cualquier otro colectivo en situación de inferioridad o indefensión especiales.

Todo el mundo debe poder disfrutar de los suministros básicos a un precio asequible siempre que su consumo esté dentro de unos parámetros de consumo que sean básicos, esenciales o no suntuarios. Este derecho a los suministros básicos a un precio asequible debe ser reconocido a las personas que no cumplen las condiciones de vulnerabilidad a que se ha hecho referencia anteriormente.

Más allá de estos límites, los sistemas tarifarios deberían fomentar el ahorro y la eficiencia energética, penalizar el derroche de recursos escasos y trasladar a los consumos excesivos o suntuarios el coste de los suministros básicos de los consumidores vulnerables.

Defensa de los derechos de las personas

Más allá del debate de si los servicios de interés general deben prestarles entidades públicas o privadas, hay un elemento común y esencial en ambos casos, que es la garantía de los derechos de las personas, y por tanto que éstas no vean disminuidos sus derechos en función de quien presta el servicio. Dado que cuando estos servicios los prestaba directamente la Administración era el ombudsman quien los supervisaba, esta función de supervisión debería seguir haciendo la misma institución, con independencia de quién sea el prestador del servicio, para garantizar la defensa de los derechos de las personas.

Hay que garantizar la gratuidad en el acceso a la resolución alternativa de litigios, especialmente para los consumidores vulnerables.

Información y facturación

Es necesario que las empresas suministradoras entreguen una información completa, Es necesario, cuidadosa y comprensible sobre los servicios que prestan, sus condiciones y su precio, ya lo hagan de forma presencial o a distancia (por vía telefónica, telemática, etcétera).

Es necesario que las empresas suministradoras informen claramente sobre los precios de los servicios y las posibles bonificaciones, recargos e impuestos que se cobrarán junto con el consumo, com ara l'IVA, el canon del agua, el impuesto especial sobre la electricidad o el mantenimiento del contador de agua. Esta información se hará pública también en los anuncios y la publicidad de los precios que hagan las empresas suministradoras.

Especialmente en los sectores eléctrico y del gas, las empresas comercializadoras deben facilitar al consumidor el cambio de empresa comercializadora y deben ser proactivas a la hora de aplicar el precio más beneficioso para el consumidor, siempre de acuerdo con su voluntad.

Las empresas suministradoras deben supervisar la actuación de las empresas que subcontratan para la gestión del cobro de deudas pendientes, de forma que garanticen una actuación ética y sin malas prácticas.

Si la persona lo pide, también es conveniente que las empresas suministradoras informen por carta, correo electrónico, WhatsApp, SMS, etcétera, cuando se detecta que el consumo de la persona alcanza el 75% de su consumo histórico medio en cadacicle de facturación.

Ejercicio de la responsabilidad social de las empresas

Las empresas suministradoras deben reforzar el papel de los servicios sociales municipales básicos y de las entidades sociales, especialmente facilitando la información y la formación a su personal.

Hay que simplificar la gestión de las tarifas sociales en los suministros básicos y la tramitación de las ayudas a los consumidores vulnerables, de manera que se facilite que todas las personas que lo necesiten puedan acogerse a estos beneficios.

Hay que establecer un órgano que actúe como ventanilla única común para todas las empresas que puedan ser consideradas como suministradoras de servicios básicos para informar a las personas y tramitar todas las tarifas sociales y las ayudas existentes a los consumidores vulnerables, y que a la vez sirva de referencia para asesorar e informar en materia de suministros básicos los servicios sociales básicos y las entidades sociales.

Es necesario que las empresas suministradoras establezcan criterios para la aplicación automática de las tarifas sociales vigentes en los sectores de la electricidad, el agua y el gas a los beneficiarios de viviendas integrados en las redes de viviendas de inclusión social, sean titularidad de administraciones públicas o de entidades sociales con personalidad jurídica.

Atención a las quejas y reclamaciones

Hay que garantizar un tratamiento ágil y preciso de las quejas y reclamaciones presentadas por los ciudadanos que huya especialmente de las respuestas estandarizadas.

Hay que asegurar que las empresas suministradoras ofrecen un servicio telefónico gratuito al que puedan dirigirse las personas para poner en conocimiento de la empresa las eventuales incidencias, eventos y circunstancias que afecten el funcionamiento normal de las relaciones de consumo y formular reclamaciones sobre los servicios recibidos, de acuerdo con el Código de consumo de Cataluña.

electricidad

La nueva regulación de la facturación eléctrica no favorece el ahorro energético, ya que hasta la puesta en marcha de los contadores de telegestión aplicarán unos patrones de consumo preestablecidos. Hay dudas razonables de que la nueva regulación se ajuste a los principios de nomalbaratament de recursos escasos, de fomento de las energías renovables y de reducción de las emisiones de CO2.

Debido a la complejidad de la materia y de la desinformación que afecta a la mayoría de las personas, víctimas a menudo de mensajes contradictorios, es necesario que las empresas comercializadoras informen adecuadamente a los consumidores sobre el precio que ofrecen, los conceptos que integran la factura que tendrán que pagar, las posibilidades de acogerse al bono social y las diferentes modalidades tarifarias en función de si están acogidos al régimen del PVPC o en el mercado libre.

Hay que favorecer la diversificación tarifaria ampliando el abanico de modalidades de discriminación horaria para ajustarse más a las necesidades de los consumidores.

La generación eficiente y descentralizada de electricidad para el autoconsumo mediante fuentes renovables contribuye a la consecución de los objetivos de la UE sobre reducción de las emisiones de CO2 . Por este motivo, hay que ser crítico con la desincentivación que la nueva regulación del sector de la electricidad hace del autoconsumo con energías renovables por la vía del llamado impuesto al sol (peaje de apoyo).

Hay que hacer una auditoría externa, completa y rigurosa sobre el sector eléctrico que aborde especialmente el llamado déficit tarifario.

Hay que modificar el reglamento estatal de la electricidad para que, en los casos de corte del suministro por impago a causa de la situación de vulnerabilidad de la persona, no se haya de abonar el doble de los gastos de reconexión para volver a disponer del servicio.

Hay que modificar la legislación del sector eléctrico para redefinir el bono social eléctrico y conseguir que se aplique a los consumidores vulnerables, de forma que se elimine -entre otros- la posibilidad de beneficiarse de ella por la sola condición de ser familia numerosa.

Es necesario establecer mecanismos de reducción de la potencia eléctrica antes de proceder al corte del suministro en los casos de consumidores vulnerables con dificultades de pago de las facturas.

Es necesario que las empresas distribuidoras informen trimestralmente los ayuntamientos respectivos del número de cortes del servicio de suministro de electricidad por impagos y de las otras incidencias relevantes, especialmente las que afecten a los colectivos especialmente protegidos.

agua

Es necesario que las administraciones locales competentes retiren de la factura del agua todos los conceptos que no están relacionados con el ciclo del agua, tales como las tasas de vado o de recogida de basuras.

Es necesario que las administraciones locales competentes aprueben tarifas sociales del agua, ligadas a un consumo básico.

Gas

Hay que modificar la legislación del sector de hidrocarburos para crear un bono social del gas.

Cal modificar el reglament estatal del gas per tal que, en los casos de corte del suministro por impago causado por la situación de vulnerabilidad de la persona, no se haya de abonar el doble de los gastos de reconexión para volver a disponer del servicio.

Hay que modificar la legislación reguladora del IVA para aplicar un IVA reducido a los consumidores vulnerables de gas y gas butano, de manera que s’assimili al 10% del agua o al tipo impositivo reducido de otros países.

Eficiencia energética en las viviendas

Hay que tener en cuenta que la rehabilitación para mejorar la eficiencia energética de los edificios y de las viviendas existentes tiene unas
características específicas respecto de la nueva construcción. Asimismo, intervienen otros agentes. Por este motivo, es recomendable que, desde un punto de vista normativo, se regulen estas operaciones de rehabilitación de manera específica y separada de la nueva construcción.