20160609-familiaMonoparental

Esta entrada está relacionada con una experiencia que hemos vivido, junto con Amaia y la Ioanna, en el Punto de Información realizado en el CAS de Sants este mes de Abril. Se nos ha planteado una duda que pensamos que es interesante compartir con todos vosotros.

El origen de todo se remonta al taller informativo que realizamos en el mismo centro en el mes anterior. A raíz de la información que aportamos sobre la tarifa social en aquella sesión introductoria, la Clara, una señora de mediana edad, decide llamar a su comercializadora para tramitar el bono social. Ella forma part d’una família monoparental, i per tant, por lo que le habíamos explicado en el taller tenía derecho a disponer del bono social. Su sorpresa llega cuando llama a Endesa y la informan que en ningún caso las familias monoparentales pueden disfrutar del bono social.

Nosotros también nos quedamos sorprendidos cuando en el Punto de Información Clara nos cuenta la respuesta tajante que ha recibido. En ese momento se nos generan dudas si la información que habíamos dado en el taller previo era errónea o era la comercializadora quien estaba informando mal. En el mismo instante hacemos una búsqueda rápida en la web para intentar solucionar la duda. Cabe decir que aparecen informaciones contradictorias pero ciertamente la web de Endesa no contempla la familia monoparental como uno de los requisitos para optar a la tarifa social. Ante el poco tiempo del que disponemos, nos comprometemos con Clara a indagar en el asunto y darle una respuesta lo antes posible. familias-monoparentales
La respuesta es la siguiente: A Catalunya (en cada Comunidad Autónoma los requisitos son diferentes), las familias monoparentales con categoría especial * equiparan a las familias numerosas y podrán pedir el bono social de la electricidad siempre y cuando tengan el carné que lo acredite.

Viendo la respuesta nos damos cuenta de que las comercializadoras, en este caso Endesa, dan información errónea o al menos incompleta. Desconozco la causa, pero lo cierto es que Endesa no informa ni telefónicamente ni en su web sobre el derecho de lo dispuesto por ley "algunas" familias monoparentales en Cataluña así que para hacerle frente hemos decidido compartir esta historia con ustedes.

El desenlace de la historia no es todo lo bonito que hubiéramos querido, pero es la cruda realidad. Finalmente Clara no podrá disponer del bono social ya que únicamente tiene una hija a su cargo y por tanto sólo dispone del carné de régimen general.

* Hay que puntualizar que, a Catalunya, existen dos categorías de familias monoparentales:

  • Categoria especial: las familias de dos o más hijos / as y las familias de las que o bien la persona progenitora o bien un hijo / hija sea persona discapacitada o esté incapacitada para trabajar.
  • Categoria general: las familias que no se encuentren en las situaciones descritas en el apartado anterior.