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El Gobierno pone en duda la constitucionalidad del Código de Consumo Catalán y la ILP de hábitat y pobreza energética

El pasado mes de diciembre el Parlamento de Cataluña aprobó el Código de Consumo Catalán, que incluye medidas contra la pobreza energética y protección a personas que han contratado créditos e hipotecas.

El Gobierno Español ha considerado discutible la constitucionalidad de algunos artículos de esta ley argumentando que "Atenta contra el concepto de propiedad establecido en la Constitución y el Código Civil" yo “ incorre en una extralimitació competencial". Recortando una vez más las competencias de la Generalidad de Cataluña, el Partido Popular ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional para suspender estos artículos, lo que implica que la ley quede suspendida hasta que el TC resuelva el caso, por lo que tienen un margen de hasta cinco meses.

Uno de estos artículos es el artículo 17 que impide que se realice un corte de luz a personas en situación de vulnerabilidad económica y obliga a las compañías eléctricas a dar el aviso antes del corte del servicio en el resto de casos.

Con la suspensión de la ley, sin aviso previo, las compañías podrán realizar un corte en el suministro de la luz en pleno invierno, sin importar que una familia se quede sin poder encender la estufa y a oscuras.

Por otra banda, un Passat 24 de julio de 2015 el Parlamento de la Generalitat aprobó por unanimidad la ILP de hábitat contra los desahucios y la pobreza energética, presentada por el grupo promotor formado por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, la Alianza contra la Pobreza Energética y el Observatorio DESC, que tiene por finalidad evitar los desahucios y el cortes de luz, dando pie a la Ley 24/2015.

El ejecutivo del PP también ha comunicado que considera de discutible constitucionalidad algunos artículos de esta ley. Todavía no ha presentado ningún recurso por lo que de momento la norma sigue vigente y queda como única ley en vigor que plantea medidas de protección contra la pobreza energética y el derecho a la vivienda.

Sin, contando tres meses desde la aprobación de la Ley, el Gobierno dispone de tiempo hasta el 6 de noviembre para presentar también un recurso que implicaría la suspensión de la misma. Si se acuerda la creación de una comisión bilateral el plazo se amplía automáticamente hasta el 5 de mayo de 2016.

Los artículos que están siendo cuestionados, casi todos, tienen que ver con la provisión de medidas contra el sobreendeudamiento y contra el corte de suministros, la garantía de acceso a los servios básicos, el alquiler social obligatorio para detener los desahucios en grandes tenedores, o la cesión de viviendas vacías para aumentar este parque de alquiler social.

Todos estos artículos tienen que ver con herramientas que obligan a los bancos y las empresas suministradoras a asumir responsabilidades ante los efectos más dramáticos de la crisis. En este sentido, queda de manifiesto que el objetivo del PP no es defender la constitucionalidad de la ley sino defender los intereses de las grandes compañías.

Des del grupo de pobreza de combustible, nos sumamos a la lucha por la defensa de la Ley 24/2015 de hábitat y pobreza energética para que se aprueben todos los artículos sin modificación de la norma. Porque no queremos enterarnos de ningún corte de luz este invierno.